¿Cómo proteger la marca en el extranjero?

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Muchos de nuestros clientes nos preguntan cómo proteger su marca en el extranjero, por eso hoy queremos que sepáis de qué formas se puede obtener esta protección. 

  1. En primer lugar, DIRECTAMENTE país por país, depositando las correspondientes solicitudes en cada uno de los países en los que se quiere registrar la marca.
  2. Mediante una MARCA INTERNACIONAL. Por este procedimiento, regulado por el Arreglo de Madrid y en su Protocolo se puede obtener protección en hasta 92 países depositando una única solicitud, en la OEPM para su traslado a la Oficina Internacional de OMPI (Ginebra), teniendo el registro los mismos efectos que si la solicitud hubiese sido presentada en cada uno de los países designados. Tras ser recibida en la OMPI la solicitud es enviada a los países designados en los que comienza su tramitación nacional pudiendo ser concedida o denegada independientemente en cada uno de ellos. La duración de este registro es de 10 años renovables indefinidamente.
  3. Mediante una MARCA COMUNITARIA. Procedimiento regulado por el Reglamento de la marca Comunitaria que establece la posibilidad de obtener mediante una única solicitud, que podrá presentarse a elección del solicitante ante la OEPM o la OAMI de Alicante, protección en la totalidad de los países comunitarios.

La marca Comunitaria tiene un carácter unitario y produce el mismo efecto en todo el territorio de la Comunidad. La duración de este registro es de 10 años renovables indefinidamente.

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