¿Cuáles son los mecanismos de protección de la propiedad intelectual? (II)

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Tal y como vimos la semana pasada, la legislación española ofrece una serie de mecanismos de protección de los derechos de propiedad intelectual, existiendo la posibilidad de acudir a acciones administrativas, acciones civiles y acciones penales.

Pero, ¿cuáles son las entidades de gestión colectiva? Pues hoy en Premark te lo contamos todo.

Entidades de gestión colectiva

Tal y como especifican desde la web del Ministerio de Cultura y Deporte, las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual, reguladas en el Título IV del Libro III del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, pueden definirse como “organizaciones privadas de base asociativa y naturaleza no lucrativa que se dedican en nombre propio o ajeno a la gestión de derechos de propiedad intelectual de carácter patrimonial por cuenta de sus legítimos titulares”.

Sometidas a tutela administrativa, requieren la autorización del Ministerio para actuar en el cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentran las siguientes:

  • Administrar los derechos de propiedad intelectual conferidos, con sujeción a la legislación vigente y a sus estatutos. Estas entidades ejercitan derechos de propiedad intelectual, bien de forma delegada por sus legítimos titulares, o bien por mandato legal. Por ello, persiguen las violaciones a estos derechos mediante un control de las utilizaciones; fijan una remuneración adecuada al tipo de explotación que se realice y perciben esa remuneración con arreglo a lo estipulado.
  • En el ámbito de las utilizaciones masivas, celebrar contratos generales con asociaciones de usuarios de su repertorio y fijar tarifas generales por la utilización del mismo.
  • Permitir hacer efectivos los derechos de naturaleza compensatoria.
  • Realizar el reparto de la recaudación neta correspondiente a los titulares de derechos.
  • Prestar servicios asistenciales y de promoción de los autores y artistas intérpretes o ejecutantes.
  • Proteger y defender los derechos de propiedad intelectual contra las infracciones que se cometan, acudiendo en su caso a la vía judicial.

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