¿Derechos de autor para los textos escritos por inteligencia artificial?

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Las inteligencias artificiales capaces de escribir noticias sobre resultados económicos o deportivos llevan siendo cada vez más habituales desde hace unos años. Una de las más veteranas es Dreamwriter, una inteligencia desarrollada por Tencent que se especializa en información económica y empresarial.

En su estreno fue capaz de generar un artículo sobre negocios de 916 palabras en solamente 60 segundos y, de acuerdo con medios locales, este hecho causó inquietud en las redacciones de medios de comunicación chinos. Más si cabe teniendo en cuenta que China es un país inmerso en la automatización.

Lo que no quedaba del todo claro entonces es si los textos escritos por una inteligencia artificial podían gozar de derechos de autor, como los escritos de cualquier periodista, y un tribunal del país oriental acaba de concluir que sí.

El juzgado de Shenzhen, una de las ciudades más importantes de la República Popular China, ha dictaminado que una obra generada por inteligencia artificial cumple con los requisitos para la protección de los derechos de autor. Cualquiera que infrinja estos derechos, tiene que asumir su responsabilidad.

La decisión judicial se ha producido después de una demanda interpuesta por la propia Tencent a una plataforma digital que copió una información escrita por Dreamwriter sin la correspondiente autorización. El juzgado Tribunal Popular del Distrito de Shenzhen Nanshan ha concluido que los demandados infringieron los derechos de autor de Tencent y deberán pagar una sanción.

De acuerdo con los medios locales, el fallo dejó claro que «la forma de expresión del artículo se ajustaba a los requisitos del trabajo escrito y que el contenido mostraba la selección, el análisis y el juicio de la información y los datos bursátiles pertinentes». La estructura del artículo resultó razonable para el tribunal, la lógica aseguran que clara y, además, señalan que el artículo tenía cierta originalidad.

Esta decisión contrasta con los criterios manejados por otros países como Estados Unidos. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, que en 2017 abordó el asunto en un artículo escrito por Andres Guadamuz, profesor de Derecho de Propiedad Intelectual de la Universidad de Sussex (Reino Unido), explicaba que la jurisprudencia estadounidense especifica que la ley de derechos de autor únicamente protege los frutos del trabajo intelectual que se basan en los poderes creativos de la mente. Por tanto, no de los algoritmos.

 

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