Los Metaversos, un desafío para la privacidad

3D render of virtual man holding virtual reality glasses surrounded by virtual data with neon ultraviolet lines. Player begins the VR game. VR experience.

Hace unos meses que Facebook anunció que ahora es Meta y prometía construir un metaverso. No es la única. Firmas como Microsoft ya han avanzado sus planes para construir esa dimensión digital en la que las grandes multinacionales pretenden que los usuarios socialicen, trabajen y, en definitiva, vivan.

Pero, ¿qué supone este hecho para la privacidad de datos? Pues hoy en Premark os lo contamos todo.

Al igual que con las redes sociales, un cambio disruptivo de ese calibre en el internet que hoy día conocemos puede suponer un desafío regulatorio. Sin embargo, la Unión Europea cuenta con las herramientas necesarias para prevenir sus riesgos.

El concepto de metaverso no es nuevo. Los usuarios llevan años compartiendo fotos, vídeos y textos en Facebook, Instagram, WhatsApp, TikTok, Twitter. Las grandes multinacionales pueden conocer muchas facetas de la vida de los ciudadanos, incluso las que ellos mismos puedan ignorar, gracias a los contenidos que consumen y comparten. Pero el metaverso que se proponen crear las grandes compañías tiene un componente de inmersión que hasta ahora no se había visto. Para ello será indispensable utilizar dispositivos de realidad aumentada o realidad virtual, como gafas, sensores o guantes hápticos.

Sin embargo, algunos recientes estudios advertían que muchas regulaciones sobre internet se quedarán obsoletas fruto del nacimiento de estos nuevos metaversos. Un hecho con el que no todos los expertos están de acuerdo.

El planteamiento de que algunas leyes puedan quedar obsoletas por el nacimiento de estos nuevos mundos digitales no es real del todo. Por ello, tal y como afirman algunos expertos “el derecho siempre se queda obsoleto. Lo que hacen los parlamentos es modificar las leyes para actualizarlas a la nueva realidad. Detrás de la realidad va la ley”. La realidad es que si hay nuevos entornos hay nuevos conflictos, y habrá que ver qué leyes vigentes se pueden aplicar.

Hasta ahora se aplicaba el principio de origen. Una empresa cumple la legislación de país en el que nació. Con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) sobre la mesa, estas empresas deben cumplir con la legislación europea en materia de protección de datos de sus usuarios.

 

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