Propiedad intelectual y la nube, cómo afecta

propiedad intelectual y la nube, cómo afecta

Cada vez más la legislación sobre la propiedad intelectual se adapta a toda velocidad para alcanzar los avances y desarrollos tecnológicos que surgen cada día en algún punto del mundo, por ello, hoy desde Premark, queremos explicar cómo afecta la propiedad intelectual a la nube. 

Todo ello, supone unos riesgos pero también otras muchas posibilidades. ¿Sabías que más de un millón de servidores alojan cada una de las nubes de Google, Microsoft o Amazon? Estas macrocifras evidencian la importancia de regular los derechos de Propiedad Intelectual en estos ámbitos.

 Los creadores ven cómo se les escapa a gran velocidad el control absoluto sobre sus creaciones, sea del campo que sea: música, obras artísticas, literatura, software, etc. Es ahí donde la nueva legislación sobre Propiedad Intelectual debe adaptarse. ¿Dónde están alojados los contenidos? ¿Dónde están esos servidores y, por tanto, qué legislación en PI se les debe aplicar?

Nosotros, como usuarios, debemos tener claro los riesgos que asumimos al consumir este tipo de tecnología. Las cláusulas sobre Propiedad Intelectual al contratar servicios de Nube cambian dependiendo de las empresas que los ofrecen: no son las mismas en DropBox que en Google Drive, por ejemplo.

Otro punto importante es determinar quién puede infringir derechos de Propiedad Intelectual en la Nube: si quien realiza una copia, por ejemplo, quien aloja esa copia –otro punto de vista- con las peculiaridades además de concretar el concepto de “copia privada” que en la Ley de Propiedad Intelectual aprobada en 2014 se introduce.

Estos servicios que ofrece la Nube deben garantizar a los creadores y autores que no se van a realizar copias por terceros no autorizadas por los tenedores de esos derechos. Sino deben dictaminarse una serie de consentimientos expresos y cláusulas específicas para que se puedan utilizar contenidos subidos a la Nube para usos que nos supongan ninguna infracción de esos derechos.

Por tanto, al mismo tiempo, los proveedores de las nubes deben garantizar a los usuarios  la protección de la innovación que esos mismos usuarios clientes pueden alojar en sus servidores.

En definitiva, las nuevas tecnologías suponen un reto para los creadores de derechos de Propiedad Intelectual al exigir a los legisladores una rápida y no siempre homogeneizada legislación que se deba aplicar para garantizar esos derechos y salvaguardar la innovación como motor mismo que lleva a esas empresas a cuotas de mercado hasta ahora impensables.

Fuente: Última hora

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