Protección de la imagen de menores (III)

Little girl making video or photo with mobile phone.

¿Todavía no te ha quedado claro cómo se comporta la ley en referencia a la protección de la imagen de niños en España? Pues hoy en Premark te lo contamos todo.

¿Se pueden hacer y publicar fotos de niños sin consentimiento?

Vistas las consideraciones legales en las entradas que te hemos compartido las últimas semanas, la respuesta es clara: no se pueden hacer fotos sin consentimiento de los menores o de sus padres o tutores legales (dependiendo de la edad del menor), ni tampoco se pueden difundir esas imágenes sin consentimiento, cuando estas permitan identificar al menor o supongan alguna intromisión en su derecho al honor, la intimidad y la propia imagen.

Por lo tanto, si por nuestra actividad vamos a querer publicar imágenes en las que aparezcan menores de edad que puedan ser identificados, necesitaremos una autorización para publicar esas fotos de niños.

¿Quiere esto decir que no podemos hacer fotos en la calle si pueden aparecer niños en ellas? No. Si esas fotos son de uso privado, es decir, no las vamos a publicar en redes sociales u otros medios de difusión pública, no necesitaremos ningún permiso para hacerlas.

Si las subimos a redes sociales o una página web propia, siempre que no se pueda identificar al menor mediante la fotografía, no debería haber problema. En cualquier caso, si aparecen niños en vuestras fotos, antes de subirlas a redes sociales o Internet es muy recomendable que pixeléis sus rostros, de esa manera os aseguráis de que nadie pueda reconocerlos.

 

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