¿Puede un robot inventar?

Actualmente la legislación no permite que la inteligencia artificial (robot) registre una invención porque entiende que solo las personas físicas pueden crear. La pregunta hoy día es si esta legislación se está quedando obsoleta y hay que actualizarla.

¿Puede un robot inventar?

Para ubicarnos un poco, el ingeniero Stephen Thaler crea una inteligencia artificial llamada «Dabus AI». Este algoritmo diseña por sí solo dos productos: un contenedor industrial y una lámpara. Ambos son susceptibles de ser patentados pero Stephen hace el registro a nombre de Dabus AI. El resultado quedó en que ni Reino Unido, ni Europa, ni Estados Unidos aceptaron la solicitud.

Esto es debido a que la inteligencia artificial no puede patentar, básicamente porque no es una persona. De ahí que nos planteemos ¿Se está quedando obsoleto el sistema de propiedad industrial e intelectual?

Para empezar no hay un mismo sistema para todos los países. En España la propiedad industrial se protege mediante patentes y marcas y la intelectual se regula con derechos de autor. En Estados Unidos sin embargo, el software si se puede patentar pero en Europa no.

Independientemente de si la fórmula que se utiliza es la patente o propiedad intelectual, la cuestión es ¿qué pasa cuando el creador de un invento es una máquina? La legislación actual no lo contempla aunque puntualiza que el derecho se mueve. Es decir, algo que un momento parece increíble se puede hacer realidad. Se rompería el dogma de que el autor o inventor de algo debe ser una persona física. Ni siquiera las personas jurídicas tienen ese derecho.

Lo que marca la diferencia entre una respuesta preprogramada y una reacción humana espontánea es la clave para actualizar el estatus de los robots y establecer una norma. Estaríamos de acuerdo en que la respuesta de la inteligencia artificial a un estímulo externo estaría programada pero igual que los humanos hemos sido previamente educados.

Cualquier obra de creación que surja de la máquina debe atribuirse al humano, ya sea su creador, su usuario o el responsable del entrenamiento con datos.

La persona electrónica

Existe un concepto que dota de personalidad jurídica a las máquinas, la «persona electrónica». Uno de los grandes problemas a la hora de reconocer derechos a la inteligencia artificial es el de quién es la responsable de sus acciones. De momento quien asume las consecuencias es la empresa o persona que hay detrás.

La figura de persona electrónica permitiría conceder esa personalidad jurídica a la inteligencia artificial y dotarla de seguridad «a ciertos efectos». Igual que existe la persona física y la jurídica, podría existir la electrónica. Además se resolvería el tema de los impuestos a los robots con una opción que contempla que las máquinas guarden un porcentaje de cada beneficio que generan. Así, si se les responsabiliza de algo, pueden pagar la indemnización con el fondo ahorrado.

Si algún día las máquinas tiene derechos, estos corresponderán a sus amos. El derecho es una creación humano y el sujeto del derecho es el ser humano, el resto, como pueden ser las máquinas o los animales, solo son objetos de derecho.

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