En España, la propiedad intelectual no posee exactamente el mismo significado que en Europa, dividiendo el concepto por un lado en propiedad industrial y por otro en propiedad intelectual:
- La Propiedad Industrial, en el ordenamiento español, protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes, marcas y diseños. Necesitando para una eficaz gestión y reconocimiento de los derechos, la Oficina Española de Patentes y Marcas al amparo de la Ley de Marcas y Patentes, además de la Ley de Competencia Desleal entre otras.
- Por otra parte, la Propiedad Intelectual se dedica a la protección de las creaciones donde queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie. Dichas creaciones pueden ser obras literarias y artísticas tales como novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías, esculturas o diseños arquitectónicos.
De tal modo que la Ley de Propiedad Intelectual y el Registro de la Propiedad Industrial se encargarán de salvaguardar estos derechos.