La semana pasada profundizamos un poco más en el tema de los derechos de imagen. Por ello, hoy desde Premark vamos a seguir desarrollando un poco más y contaros por ejemplo en qué consiste un contrato de cesión de derechos de imagen.
¡Toma nota!
Contrato de cesión de derechos de imagen
El contrato de cesión de derechos de imagen es un documento mediante el cual una persona autoriza a una tercera persona la utilización de su propia imagen en determinadas circunstancias o contextos a cambio de una remuneración.
Para la elaboración del contrato, las partes acordarán y negociarán libremente las cláusulas. Por tanto, existe claramente una vinculación contractual entre ambas partes, con una serie de derechos y obligaciones que se tienen que cumplir.
Este tipo de documento se suele utilizar en ámbitos más profesionales, sobre todo, en el mundo del marketing. En estos contratos, se expondrá explícitamente que la imagen sólo tendrá usos comerciales y durante un período determinado de tiempo.
¿Qué ocurre cuando se denuncia por vulneración al derecho de imagen?
En primer lugar, si bien el consentimiento se puede otorgar verbalmente o «de palabra», el firmar un contrato o autorización de cesión de derechos de imagen por escrito, permitirá probar en caso de conflictos futuros que la utilización de la imagen fue autorizada, así como las condiciones y los plazos en los cuales se cedió su uso.
En segundo lugar, toda persona cuya imagen haya sido captada y publicada sin su consentimiento, podrá pedir una indemnización y solicitar que se retire la circulación de la imagen en cuestión en el plazo de 4 años conforme la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo.