Puede ser una tarea que nos lleve muchos meses, pero cuando uno termina un libro u obra literaria se llena de orgullo y satisfacción. Ahora bien, una vez acabada es cuando entran las dudas sobre si conviene registrar la obra o no. ¿Cómo la protejo ante terceros? ¿A dónde tengo que dirigirme? ¿Me costará mucho dinero?
Podemos inscribir una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual de dos maneras diferentes. Una presencial acudiendo al Registro de tu ciudad y otra telamática vía Internet. Nosotros comenzaremos hablando de la de forma presencial.
Lo primero es tener una copia impresa de nuestra obra con las hojas numeradas, con la portada indicando el nombre el título de la obra y el nombre del autor. Dicha obra deberá estar también encuadernada. Por otro lado también necesitaremos una fotocopia del DNI del solicitante o autor de la obra. Una vez obtenidos estos documentos los cuales no suponen problema alguno, entraremos a analizar la otra documentación que la administración nos va a solicitar.
Hay que decir que toda la documentación se encuentra en la página web del Registro de la Propiedad Intelectual, pero a nosotros nos interesan en principio tan solo dos documentos. El primero es el llamado Impreso Autores 1 A-T, en el que simplemente hay que rellenarlo con los datos del solicitante y/o del autor, que en el 90% de los casos será la misma persona.
El segundo es el Impreso de Obra Literaria, Científica o Dramática, en el que tendremos que introducir los datos de la obra como su título, el número de páginas o si contiene imágenes.
Una vez tengamos todo lo anterior en nuestro poder, tan solo habrá que acudir al Registro de la Propiedad Intelectual que tengamos más cerca. Una vez allí, comprobarán que todo está correcto y nos facilitarán dos documentos. Un papel para el abono de la tasas, el cual tendremos que llevar a un banco, y un recibo con un número provisional para certificar que hemos registrado nuestra obra.
Fuente: Capitalibre